El Real Decreto 742/2013 es la norma estatal que regula la calidad del agua de las piscinas de uso público o colectivo, comunidades de vecinos, hoteles, campings. No es papeleo opcional: define exactamente qué controles hay que hacer, con qué frecuencia, y qué documentación tiene que poder enseñarse si Sanidad lo pide.
Los tres controles, y dónde se anotan
Control inicial
Antes de la apertura, solo si el agua no viene de la red pública o el vaso llevaba cerrado más de 2 semanas.
Control de rutina
Diario, pH, desinfectante residual, turbidez, transparencia y temperatura.
Control periódico
Mensual, y más completo, verifica el cumplimiento de todos los parámetros de la norma.
En la Comunidad de Madrid, estos controles y su registro los exige el Decreto 99/2024 a las comunidades de más de 30 viviendas, con el control de rutina dos veces al día (art. 16). Las de hasta 30 viviendas están exentas, salvo que Sanidad lo pida; el agua tiene que cumplir igualmente los mismos valores.
Los tres tipos de control que exige la norma
El RD 742/2013 distingue tres controles distintos, cada uno con su propio objetivo y frecuencia:
- Control inicial: se realiza antes de la apertura de temporada, pero solo es obligatorio en los vasos cuya agua de aporte no procede de la red pública de distribución, o tras haber estado el vaso cerrado más de dos semanas. Revisa parámetros microbiológicos y, en vasos climatizados, también la calidad del aire.
- Control de rutina: control diario, pensado para comprobar que el tratamiento del agua está funcionando de verdad, pH, desinfectante residual, turbidez, transparencia y temperatura.
- Control periódico: control mensual, más completo, que verifica el cumplimiento de todos los parámetros que marca la normativa.
El Libro de Registro de Control Sanitario
Es el documento donde queda constancia de cada control realizado: resultados, incidencias detectadas y las medidas correctoras aplicadas en cada caso. No es un trámite decorativo, es lo primero que pide un inspector de Sanidad, y su ausencia, o llevarlo mal cumplimentado, es motivo de sanción por sí solo, incluso si el agua está en perfectas condiciones el día de la inspección.
Dónde se toman las muestras
La norma no deja esto a criterio libre, exige, como mínimo, dos puntos de muestreo representativos:
- Uno en el circuito, a la entrada del vaso (o a la salida del tratamiento, antes de esa entrada).
- Uno en el propio vaso, en la zona más alejada del punto de entrada del agua, donde el tratamiento tiene menos efecto y cualquier problema se detecta antes.
Qué conviene tener listo antes de la apertura de temporada
Más allá de los controles analíticos, hay documentación que conviene tener organizada con margen, no a última hora:
- El Libro de Registro actualizado, con el histórico de la temporada anterior.
- Las Fichas de Datos de Seguridad (FDS) de todos los productos químicos que se usan en el mantenimiento.
- El contrato del servicio de mantenimiento en vigor.
- Si la piscina requiere socorrista, la documentación que acredite su titulación, obligatoria en piscinas de uso colectivo, no es opcional.
Toda esta documentación, junto con el certificado profesional que ya es obligatorio para el personal técnico a partir de 2027, es lo que un administrador de fincas necesita tener a mano para responder con seguridad ante cualquier inspección. Puedes ver el detalle de esa otra exigencia en nuestra guía sobre el certificado profesional obligatorio 2027.
Preguntas frecuentes
¿Qué controles exige el RD 742/2013 a una comunidad con piscina?
Control inicial (antes de la apertura, en los casos que aplica), control de rutina (diario) y control periódico (mensual).
¿Qué es el Libro de Registro de Control Sanitario?
El documento donde constan todos los controles realizados. Sanidad puede solicitarlo en cualquier inspección.
¿Quién es responsable si la comunidad no cumple la normativa?
La comunidad de propietarios, como titular de la instalación, no solo la empresa de mantenimiento contratada.

